viernes, octubre 18, 2024

¡La otra de la SAT! Multarán con Q100 por factura a quien las emita a nombre de “consumidor final”

Las facturas que se emitan al “consumidor final” únicamente serán permitidas por un límite de Q2 mil 500, esto preocupa a la institución “porque hay quienes no reportan impuestos”.

El Superintendente de Administración Tributaria (SAT) explicó que hay una preocupación grande en la institución encargada de la recaudación, porque entre las facturas que se emiten al “consumidor final” hay cantidades facturadas arriba de 25 mil quetzales.

“Hay como 15 mil millones de quetzales facturados a “consumidor final”, con facturas arriba de 25 mil, esto alimenta las redes de informalidad y de contrabando. Esperamos seguirle la pista a quienes no reportan impuestos”, dijo Livio Díaz, superintendente de la SAT.

¿De quién depende la aprobación de esta medida?

El proyecto de reformas al reglamento de la ley del IVA ya se encuentra en la Secretaría General de la Presidencia, y únicamente se está a la espera que el Presidente Alejandro Giammattei conozca las modificaciones propuestas, posteriormente, pasará al Ministerio de Finanzas.

En esta situación no tiene ninguna injerencia el Pleno del Congreso, afirmó el Superintendente.

La modificación a la Ley contempla sancionar a los que utilizan de forma irregular el uso de la denominación “consumidor final”. Además, en el proyecto también se promueve el uso del NIT, el número de DPI o de pasaporte, si se es extranjero, con el fin de ampliar la recaudación.

Sanciones que consideraría la aprobación de la modificación

Según el funcionario, a los contribuyentes que continúen emitiendo facturas a nombre de “consumidor final” serán sancionados con el pago de 100 quetzales por cada factura emitida.

Las facturas de consumidor final solo podrán emitirse por gastos mínimos de hasta dos mil quinientos quetzales.

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