miércoles, noviembre 20, 2024

Suspenden a la vicepresidenta de Ecuador

La política deberá pasar más de 100 días en suspensión sin sueldo por esta impactante razón.

El Ministerio de Trabajo sancionó con 150 días de suspensión, sin sueldo, a la vicepresidenta de Ecuador, Verónica Abad, por “abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborales”.

La sanción ocurre en momentos en que Ecuador ha entrado en un proceso electoral en el que el jefe de Estado, Daniel Noboa, es uno de los 16 candidatos presidenciales para gobernar el país entre 2025 y 2029.

Según la ley, para hacer campaña electoral, Noboa -que asumió el poder en noviembre pasado- debe delegar temporalmente el cargo a su vicepresidenta, con quien mantiene un pulso político, evidenciado desde el inicio del Gobierno, cuando la envió como embajadora a Israel.

El Ministerio de Trabajo abrió un sumario administrativo contra Abad (elegida por votación popular), al considerar que no llegó desde Israel a Turquía en la fecha establecida por el Ejecutivo, en momentos en que se producía una escalada bélica en Oriente Medio.

Ya en septiembre pasado, Abad aseveraba que el sumario administrativo iniciado en su contra era “otro acto de persecución política y hostigamiento”.

“Noboa ha instaurado varios mecanismos para impedirme reemplazarlo en el cargo cuando se vea obligado a separarse de este ante su inminente candidatura”, opinaba entonces Abad en referencia a la postulación de Noboa, cuya candidatura ya está en firme en el Consejo Nacional Electoral.

Abad sostenía que el Ministerio de Trabajo no tenía facultades para abrirle un expediente administrativo, con el que ella presumía era una intención de destituirla por abandono del cargo, y argumentaba que únicamente puede ser destituida del cargo de vicepresidenta por la Asamblea Nacional (Parlamento).

En una de las primeras reacciones por la sanción del Ministerio, el candidato presidencial Henry Cucalón señaló en la red social X: “Un Gobierno que demuestra, una vez más, su profundo desprecio por la institucionalidad y democracia”.

Tras apuntar que en el fondo y forma la sanción a Abad es “inconstitucional e ilegal”, comentó que todo esto tiene “un solo objetivo: que no pueda reemplazar al Presidente en campaña electoral”.

Pero el abogado Eduardo Franco Loor señaló en X que “la resolución administrativa (no judicial), carece de eficacia jurídica por disposición del art. 424 de la Constitución de la República. Una funcionaria del Ministerio de Trabajo no puede sancionar a la vicepresidenta de la República, cuyas atribuciones y competencias son constitucionales”.

Procede, en consecuencia, una acción de protección constitucional de Abad ante “este atropello de la Función Ejecutiva”, añadió quien también considera que se trata de “una retaliación política para impedir que (Abad) asuma temporalmente la Presidencia”.

La sanción de cinco meses de suspensión adoptada por el Ministerio, conocida públicamente este sábado, tiene fecha del 8 de noviembre, el mismo día en que Abad sustentaba con ocho supuestas “agresiones” la denuncia por presunta violencia política de género que interpuso contra Noboa y otros miembros de su Administración.

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