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La CC giró audiencia al juez penal Fredy Orellana, a la CSJ y al MP por una acción de competencia que interpuso el TSE.

Este tribunal giró audiencia respecto a una “Cuestión de Competencia” hecha por el TSE relacionada a facultades para cancelar un partido.

La Corte de Constitucionalidad decidió escuchar a las partes señaladas en la “Cuestión de Competencia” que interpuso el Tribunal Supremo Electoral (TSE) respecto a determinar si un juez penal tiene competencia de suspender un partido político, en el caso de la agrupación política Movimiento Semilla.

En este sentido corrió audiencia, previo a resolver, por el plazo de 5 días de notificada la presente resolución al Juez A del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, Fredy Orellana, al Ministerio Público y a la Corte Suprema de Justicia para que se informe sobre los siguientes requerimientos.

Además, solicitó al Ministerio Público y a la Corte Suprema de Justicia, que se manifiesten respecto de la petición realizada ante este Tribunal.

“Se requirió que en el plazo de veinticuatro horas de notificada la presente resolución el Tribunal Supremo Electoral remita a esta Corte un listado de los Partidos Políticos que participaron en la contienda electoral llevada a cabo en el presente año”.

El pasado 13 de septiembre el TSE presentó una “Cuestión de Competencia” en la Corte de Constitucionalidad, con la que se busca determinar si un juez penal tiene competencia de suspender un partido político, esto en relación a la resolución que emanó del Juez Séptimo, Fredy Orellana en contra del partido Semilla.

La orden del Juez se dio a pocos días de que el actual binomio presidencial electo, de Bernardo Arévalo y Karin Herrera, pasaran a segunda vuelta electoral.

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