El titular del sector Salud, Francisco Coma, explicó cómo será el uso de las mascarillas y otras medidas de bioseguridad, en relación a la pandemia y su desescalada en el territorio nacional.
Las autoridades pusieron fin a la expectativa de los guatemaltecos de deshacerse del uso de la mascarilla, más de dos años después de que se aplicara la medida por los contagios de covid-19 y que se mantiene en espacios cerrados, al igual que el distanciamiento físico de 1.5 metros.
Aunque Salud asegura que los aforos están eliminados y que la sana distancia es solo una recomendación, en el Acuerdo Ministerio publicado este jueves 12 de mayo se lee que “deben cumplirse las medidas”, sin dar otra opción.
Las medidas para nueva normalidad están vigentes desde este jueves, no obstante, podrán ser reformadas, incluso las autoridades locales en consenso con los líderes locales, instituciones públicas y entidades privadas podrán aumentar las medidas sanitarias, pero no disminuirlas.
Las medidas que están vigentes son:
1. Uso de mascarilla
El uso de la mascarilla en espacios abiertos y cerrados sigue vigente en los municipios en alerta roja en Guatemala, según el Acuerdo Ministerial de Salud vigente a partir de este miércoles 12 de mayo
En el caso de los municipios de alerta anaranjada y amarilla, el uso de tapabocas solo debe usarse en los espacios cerrados.
2. Sin aforos
Aunque Salud asegura que se eliminan los aforos y que mantener un distanciamiento físico es solo una recomendación, la nueva disposición es que los guatemaltecos deben mantener un distanciamiento de 1.5 metros entre una persona y otra en espacios abiertos y cerrados en municipios en alerta roja.
En el caso de los municipios de alerta anaranjada y amarilla, el distanciamiento físico de 1.5 metros solo es obligatorio en los espacios cerrados.
3. Protocolos para actividades en rojo
Las disposiciones para la nueva normalidad en Guatemala incluyen protocolos para las actividades en municipios en alerta roja. Es decir, los organizadores de eventos y de actividades religiosas, recreativas o deportivas, deberán elaborar sus protocolos de bioseguridad con base a los lineamientos de Salud.
Posteriormente, deberán presentarlos ante las autoridades locales de Salud para su revisión, retroalimentación y extensión de nota de no objeción.
4. Responsabilidad de los organizadores de eventos
El acuerdo hace énfasis en que son los organizadores de los eventos los primeros responsables de velar por el cumplimiento de estos.
5. Se mantiene el Sistema de Alertas
Se continúa con los parámetros para determinar el nivel de riesgo en los municipios e identificados en colores del semáforo tomando en cuenta para ello la incidencia de casos, el porcentaje de vacunación completa en guatemaltecos de 12 años en adelante, promedio de pruebas realizadas y porcentajes de pruebas positivas.
6. Sanciones
En caso de incumplimiento de las nuevas medidas sanitarias por el covid, se aplicarán las sanciones que contiene el Código de Salud
7. Excepciones
Las medidas sanitarias no aplican para los municipios en alerta verde. En el caso del uso de las mascarillas, tampoco aplica para los menores de 2 años y las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.