jueves, diciembre 19, 2024

IGSS solo dará 10 días de suspensión de labores a contagiados de covid-19

El Seguro Social actualizó el criterio para la suspensión de afiliados y trabajadores de la institución contagiados por covid, fijándolo en un tiempo no mayor de 10 días desde el inicio de los síntomas.

En atención a los lineamientos y protocolos del Ministerio de Salud, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) actualizó el criterio para suspensión de afiliados y trabajadores de la institución contagiados por covid-19, fijándolo en un tiempo no mayor de 10 días.

Se trata de una reforma al artículo 4 del Acuerdo de Gerencia emitido en 2020, por lo que se reduce de 15 a no más de 10 días la suspensión, a partir del inicio de los síntomas.

Anteriormente, el Seguro Social otorgaba 15 días para la recuperación de la enfermedad, lo cual cambia con la disposición emitida el 19 de enero de 2022.

En el documento se lee que al paciente que se le confirme la enfermedad del covid-19, a criterio del médico tratante se procederá de la siguiente manera:

Afiliados: Recibirán tratamiento y se les suspenderá de sus labores por un plazo no mayor de 10 días, contados desde el inicio de los síntomas.

Trabajadores del IGSS: Recibirá tratamiento y se les suspenderá de sus labores por un plazo no mayor de 10 días, contados desde el inicio de los síntomas.

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