jueves, marzo 28, 2024

Edmond Mulet interpone vía partido Cabal recurso de nulidad contra la inscripción de Zury Ríos 

Mientras que una persona “particular” presentó un recurso de nulidad contra el binomio del partido Cabal.

El pasado 20 de enero, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) oficializaron la convocatoria para las elecciones generales que se llevarán a cabo en Guatemala el próximo 25 de junio, para designar a un nuevo presidente y vicepresidente para el período 2024-2028.

El día siguiente, varios binomios ingresaron su expediente para su inscripción, posterior a ello, el Registro de Ciudadanos del TSE avaló la inscripción de varios.

No obstante, cualquier ciudadano puede presentar impugnaciones dentro de los tres días siguientes a la publicación de la notificación realizada al candidato inscrito, según el artículo 216 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Valiéndose de esto, Edmond Mulet objetó la candidatura de Zury Ríos y Héctor Cifuentes, de la coalición Valor-Unionista, por considerar que su inscripción contraviene el artículo 186 que establece las prohibiciones para optar a los cargos de presidente y vicepresidente.

“Nadie que busque participar en una elección debe violar la Constitución Política de la República. Existen decisión del Tribunal Supremo Electoral, de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Constitucionalidad sobre el alcance de las prohibiciones del artículo 186, mismas que son parte del orden jurídico que nos rigen”, dice el documento de la agrupación política.

De acuerdo con resoluciones anteriores de la Corte de Constitucionalidad, Ríos no podía participar en los comicios por ser hija del fallecido Efraín Ríos Montt, expresidente de facto de Guatemala entre 1982 y 1983.

Mientras que una persona particular impugnó la inscripción del binomio Cabal, integrado por Edmond Mulet y Max Santa Cruz.

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