lunes, abril 29, 2024

Acoso y chantaje sexual a menores por internet será penalizado con 6 a 12 años de cárcel

El objetivo de las reformas, es proteger a los niños y adolescentes, de actos que vulneren su integridad.

Con 100 votos a favor los diputados del Congreso aprobaron el Decreto 11-2022, reformas al Código Penal referentes a delitos contra la niñez y a adolescencia mediante medios tecnológicos.

También aprobaron incluir el artículo 190 Bis en el Código Penal, castigar con cárcel, de entre 6 y 12 años, a quien contacte a un niño, niña o adolescente con la intención de que envíe material sexual o pornográfico.

Incluyeron el artículo 190 las sanciones que van desde los 6 hasta los 12 años a quien amenace a un menor con difundir material pornográfico.

¿Quién puede sufrirlo?

Cualquier usuario de Internet puede sufrir acoso sexual, por ello, es importante concienciar a los menores sobre el riesgo que conlleva compartir en Internet o enviar por móvil imágenes íntimas o comprometidas, ya que puede tener consecuencias no deseadas y dañinas y pueden llegar a difundirse entre amigos, familiares y circular en la red por mucho tiempo.

Recomendaciones

Si se ha producido una situación de acoso guarda todas las pruebas que puedas: conversaciones, mensajes y capturas de pantalla y lo más importante, NO cedas ante el chantaje. Ponlo en conocimiento de las autoridades.

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