sábado, mayo 18, 2024

Caso de Fernando Báez Sosa: Cinco de ocho personas fueron condenadas a cadena perpetua

En Argentina, desde 2020 viene causando conmoción el asesinato de un joven de 18 años, quien fue golpeado hasta la muerte por un grupo de ocho personas y hoy finalmente se determinó la sentencia de los acusados.

La justicia argentina condenó hoy a cadena perpetua a cinco de los ocho jóvenes que en enero de 2020 golpearon en grupo y hasta la muerte a Fernando Báez Sosa, quien en ese momento tenía 18 años.

De esta forma terminó un juicio que inició el pasado 2 de enero y que se desarrolló a lo largo de 15 audiencias en las que hablaron padres y madres de la víctima y de los acusados, abogados de la defensa y de la querella. En total, hubo 87 testigos.

El fallo del tribunal se transmitió en una virtual cadena nacional, a través de todos los canales de televisión, cadenas de radio, portales y las redes sociales, ya que se trata de uno de los crímenes con mayor repercusión mediática de los últimos años.

También generó un intenso debate social, ya que desde que el juicio comenzó a principios del mes pasado, recrudecieron las posturas de quienes exigían las condenas más duras en contra de los acusados.

En medio de discursos cada vez más violentos, algunos incluso lamentaron que no existiera la pena de muerte.

PRUEBAS DEL CRIMEN

El crimen de Báez Sosa se convirtió en un tema central, también, porque se combinó con cuestiones de clase. La víctima era un humilde estudiante hijo de inmigrantes paraguayos. Los victimarios, que al momento del crimen tenían entre 18 y 22 años, fueron identificados como “niños ricos”, aunque en realidad más bien forman parte de la clase media.

La clave para difundir esta lectura fue que varios de ellos jugaban al rugby, un deporte asociado a prácticas violentas y a familias adineradas. Aunque no todos los acusados lo practicaban, la estigmatización predominó y se les denominó como “los rugbiers”.

Otro elemento que permitió la mediatización del proceso fue la abundancia de grabaciones del momento del crimen. Entre los teléfonos celulares y las cámaras de seguridad, nunca antes había habido un registro audiovisual de tal magnitud en un caso como este.

COMO MATARON A FERNANDO BÁEZ SOSA

La madrugada del 18 de enero de 2020, Franco Benicelli, Blas Cinalli, Enzo Tomás Comelli, Máximo Pablo Thomsen, Ayrton Michael Viollaz, los hermanos Ciro y Luciano Pertossi y su primo, Lucas Pertossi mataron a puñetazos y patadas a Fernando Báez Sosa, de 18 años, a la salida de una discoteca en el balneario argentino de Villa Gesell, ubicado en la costa atlántica argentina.

Todos estaban ahí de vacaciones, ya que vivían en Zárate, una ciudad de la provincia de Buenos Aires.

Las grabaciones evidenciaron la saña con la que Báez Sosa fue atacado pero, también, la indiferencia con la que actuaron los acusados después del crimen.

Sus chats telefónicas demostraron que planearon qué decir, cómo ocultar o manipular pruebas, ya que se cambiaron de ropa y algunos de ellos incluso se fueron a cenar después una hamburguesa. Como si nada hubiera pasado.

A la mañana siguiente, cuando los policías los interrogaron, afirmaron que el responsable del crimen era Pablo Ventura, un deportista de remo que vivía en Zárate, la misma localidad que ellos.

Ventura fue detenido pero luego lo liberaron porque se demostró que ni siquiera había ido a Villa Gesell. Durante el juicio, ninguno de los acusados explicó por qué lo inculparon falsamente.

Los ocho acusados tuvieron que cumplir prisión preventiva desde enero de 2020, ya que quedaron imputados del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

LA DEFENSA DE LOS ACUSADOS

Durante las audiencias quedaron claras dos posturas. Una, la de la fiscalía y la querella, que consideran que el crimen fue planeado, que los acusados se organizaron para matar a Báez Sosa, que fue una venganza, que hubo dolo, premeditación y alevosía. Por ello exigieron la cadena perpetua colectiva.

Por el contrario, la defensa argumentó que no hubo intención alguna de matar, que los jóvenes no se pusieron de acuerdo, que se trató de una “muerte por exceso”, un “homicidio en riña” u “homicidio simple con dolo eventual”, delitos que ameritan penas de seis a 25 años de prisión, pero no la cadena perpetua.

El día de su alegato final, se esperaba que el abogado defensor, Hugo Tomei, pidiera condenas mínimas, pero sorprendió al exigir la absolución de los ocho acusados al considerar que “el hecho”, es decir, la planeación del crimen, no se había demostrado.

“Represento a ocho condenados por el poder mediático, por la sociedad y por la opinión pública”, reconoció el abogado, a sabiendas de que en las calles y en los medios la sentencia ya estaba escrita de antemano.

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